“ Se calcula que los cazadores disparan 200 millones de cartuchos cada año en España. Cada cartucho contiene unos 30grs de plomo (los más empleados son los de 32grs, aunque los de 28 y 36grs son también muy utilizados) en forma de unos 250 perdigones (el número de estos varía entre 68 y 1170 en función de su diámetro), así que un rápido cálculo nos permite deducir que en España se dispersan cada año unas 6000 toneladas de plomo en forma de unos 50.000 millones de perdigones” (1).
Como consecuencia de esta contaminación masiva, se estima que más de 50.000 aves acuáticas mueren cada año víctimas del plumbismo (2) al confundir los perdigones con piedrecillas. En España, esta es la primera causa de muerte de animales por intoxicación (3). Esta situación se agrava en los humedales, ya que “ en España, con pocos humedales aunque muy importantes, la cifra estimada es de “sólo” 50 toneladas [de plomo depositado en humedales anualmente] ; sin embargo, ello nos ha llevado a tener una de las concentraciones de plomo más altas del mundo en humedales” (4), con las consecuencias que ello tiene para los animales que allí habitan.
Sin embargo, los cazadores proclaman que “ (...) nosotros, cazadores de vida, bichos medio de campo medio de ciudad, alimañas en uno y otro mundo. Solo a quién siente el campo como hogar, quién sueña siempre con volver, le angustia de verdad perderlo” (5).
El problema no sólo afecta, obviamente, a las zonas húmedas, puesto que “ en bosques, matorrales, zonas agrícolas, etc, [también] se disparan tiros y, frecuentemente, de manera mucho más intensa que en zonas húmedas (sería el caso español, donde la caza de aves acuáticas representa sólo el 0,8% del total de la caza). Los efectos son menos dramáticos y menos evidentes a corto plazo que los de zonas en donde el agua está presente (...). Sin embargo, perdices, faisanes, y otras aves “cinegéticas” [ también las rapaces] son igualmente víctimas del plumbismo” (6).
Las intoxicaciones de los animales por ingestión de plomo proveniente de los cartuchos de los cazadores, y la contaminación producida es un problema a largo plazo.
“ El plomo metálico es (...) resistente, y se estima que puede tardar entre 15 y 300 años en deshacerse totalmente en la naturaleza. Por tanto, el problema persistirá todavía durante decenios, ya que los perdigones podrán ser ingeridos por las aves muchos años después de haber sido disparados. Una prueba de ello la tenemos en el Parque Nacional de las Tablas de Daimiel, en Ciudad Real: a pesar de que la caza allí está prohibida desde el año 1965, aún se detectaban en 1993 cerca de 100 perdigones/m2 en los primeros 20cms de sedimentos” (7).
“ Pero si los perdigones se desintegran, aparece otro problema: el de contaminación del suelo y del agua. En efecto, ese plomo metálico se transforma en diversos compuestos químicos, más solubles y más biodisponibles para las formas vivas. Hay que tener en cuenta que sólo un perdigón de unos 120mg de peso y similar a los 50 millones que cada año se disparan en España, disuelto por completo, puede contaminar 12.000 litros de agua hasta el nivel crítico para el plomo de 10 microgramos por litro, valor fijado por la UE y la OMS a partir del cual no es considerada apta para consumo humano [y por tanto, también perjudicial para los animales]” (8).
A pesar de todo lo expuesto, los cazadores se niegan rotundamente a aceptar leyes que impidan el uso del plomo (aunque sólo sea en los humedales, que representan un 0,8% del territorio en donde asesinan a animales). Estos “defensores de la naturaleza” rechazan que se pueda aprobar esta ley (que, por otro lado, sigue siendo una ley sin ninguna mejora significativa para los animales) aduciendo que:
1. La LEY DEL PLOMO es una Ley intervencionista y, más que expropiatoria, confiscatoria.
2. La LEY DEL PLOMO es una Ley que enfrenta a los gestores y usuarios de campo (agricultores, ganaderos, forestales, cazadores, pescadores) con el medio natural que ellos mismos han conservado durante siglos.
3. La LEY DEL PLOMO es una Ley que va en contra de aquello que dice proteger: el medio natural.
4. La LEY DEL PLOMO es una Ley más propia de regimenes
autoritarios que de democracias como la nuestra” (9).
1 “ El empleo de plomo en deportes como causa de intoxicación y de contaminación”, Raimon Guitart y Rafael Mateo. Laboratorio de Toxicología, Universitat Autónoma de Barcelona e Instituto de Investigación en Recursos Cinegéticos, CSIC-UCLM-JCCM
2 El plumbismo es la intoxicación por ingestión de plomo. En aves se manifiesta sobretodo por problemas neuromusculares y digestivos.
3,4 ídem 1
5 Roberto Sánchez Garrido. Ldo en Antropología social y cultural, “ De caza y cazadores. Las construcciones teóricas sobre la actividad cinegética actual a partir de los discursos de sus actores”, citando opinión de un cazador, 2006.
6,7 y 8 ídem 1
9 “ Notas, en diez puntos y una conclusión, sobre la ‘ley del plomo’.
Comité organizador de la manifestación ‘Por el campo, la caza y la conservación’. 2008. Extraído de la website de cazadores fecaza.com